Suplencia de la deficiencia de la queja en materia penal a favor de la víctima: su limitación en el juicio de amparo

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Fecha

2019-11

Autores

Vallarta-Esquivel, Conrado

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Editor

ITESO

Resumen

Descripción

En este trabajo se analiza la argumentación empleada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la contradicción de tesis 240/2014, en la que abordó la distinción normativa contenida en la Ley de Amparo, en torno a la viabilidad de la suplencia en la deficiencia de la queja a favor de la víctima u ofendido de delito. Dicha distinción acontece ya que, tratándose del imputado o sentenciado, la suplencia es absoluta, sin importar la calidad con la que acude al juicio constitucional. En cambio, respecto de la víctima, ésta está limitada a los supuestos en los que acude como quejoso o adherente, pero no como tercero interesado. Esa distinción se estima insostenible, al contraponerse con el marco de protección a Derechos Humanos y la idea del juicio de amparo como recurso judicial efectivo, ordenado en instrumentos internacionales del ámbito latinoamericano. Ello, pues la suplencia de la deficiencia de la queja es un beneficio que permite maximizar la protección a los derechos fundamentales, por seguirse de ella que se preferirá el estudio de fondo del asunto, por encima de la deficiencia o ausencia argumentativa de las partes. Así, el trabajo pretende evidenciar que la conclusión del Máximo Tribunal, por la que avaló esa distinción, no tiene un soporte argumentativo suficiente, para estimar atendido el Bloque de Constitucionalidad que rige el sistema jurídico mexicano.

Palabras clave

Suplencia, Amparo

Citación

Vallarta-Esquivel, C. (2019). Suplencia de la deficiencia de la queja en materia penal a favor de la víctima: su limitación en el juicio de amparo. Trabajo de obtención de grado, Maestría en Derecho Constitucional Contemporáneo. Tlaquepaque, Jalisco: ITESO.